Donación de coche entre familiares Cambio de nombre por donación o entre familiares

Gestora administrativa colegiada n.º 3249 María Juni · Trámite oficial DGT para toda España

120 € con tasa DGT incluida
Provisional el mismo día
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Online en toda España

Inicia el cambio de titular del coche en menos de 2 minutos:

Transferencia de vehículo

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Así tramitamos tu donación: iniciamos como cambio de nombre estándar y elegimos contigo la mejor vía

Tu solicitud arranca por defecto como un cambio de nombre estándar (compraventa) por 120 €. Lo hacemos así porque, entre padres, hijos, cónyuges y familiares directos, suele ser la vía más barata, rápida y sencilla para el cliente que formalizar una donación con modelo 651.

Justo después del pago, un gestor contactará contigo para confirmar qué opción te conviene más: donación formal (modelo 651) o cambio de nombre estándar. Analizamos parentesco, CCAA, valor del vehículo y bonificaciones aplicables, y tramitamos la vía que sea más óptima a nivel de coste para ti.

Sin compromiso ni sorpresas: si conviene reorientar a donación formal, te lo explicamos antes de avanzar. La decisión final siempre es tuya.

Como gestoría de tráfico autorizada por la DGT, tramitamos la donación de coches entre familiares en toda España sin desplazamientos. Coordinamos contrato, modelo 651 cuando procede, y la transferencia DGT por 120 € con la tasa DGT incluida (ITP aparte).

Proceso

Cómo donar un coche a un familiar paso a paso

Cinco pasos para completar la donación o el cambio de titular del coche ante la DGT.

1

Valoramos tu caso

Analizamos parentesco, CCAA de residencia, valor del vehículo y bonificaciones aplicables para elegir la vía más eficiente.

2

Documentación

Solicitamos DNI/NIE de donante y donatario, permiso de circulación y ficha técnica con ITV en vigor.

3

Contrato

Redactamos el contrato (donación o compraventa según convenga) y lo firmáis digitalmente ambas partes.

4

Impuestos

Si procede modelo 651 (Donaciones) lo liquidamos en tu CCAA. En la mayoría de casos familiares directos, exento o bonificado al 99%.

5

Transferencia DGT

Presentamos el cambio de titular ante la DGT. Permiso provisional el mismo día para circular legalmente.

Modelo 651

¿Cuándo sí conviene formalizar la donación con modelo 651?

Casos en los que la donación formal (no la compraventa con cambio de nombre simple) es la vía correcta.

Vehículos de alto valor (> 30.000 €)

Cuando el valor venal es elevado, conviene formalizar la donación con modelo 651 para que Hacienda no recalifique la operación.

Tu CCAA no bonifica donaciones

En Asturias, Cataluña con tipos altos o casos sin bonificación familiar, conviene comparar ITP (compraventa) vs ISD (donación) antes de tramitar.

Parentesco fuera de grupo I-II

Donaciones a sobrinos, primos, amigos o sin parentesco siempre se formalizan con modelo 651 y tributan a tipo pleno (sin bonificación familiar).

Donación con reserva (usufructo)

Si quieres donar la propiedad reservándote el uso del coche, requiere escritura notarial específica y liquidación del modelo 651.

Bonificaciones autonómicas

Impuesto de Donaciones del coche por Comunidad Autónoma

Bonificaciones aplicables al modelo 651 para parientes directos (cónyuge, hijos, padres). Datos orientativos 2026.

Madrid

99%

Cónyuge, hijos, padres

Andalucía

99%

Cónyuge, hijos, padres

Murcia

99%

Cónyuge, hijos, padres

Galicia

99%

Cónyuge, hijos, padres

Castilla y León

99%

Cónyuge, hijos, padres

Canarias

99,9%

Cónyuge, hijos, padres

Extremadura

99%

Cónyuge, hijos, padres

Cantabria

Tarifa reducida

Familiares directos

Cataluña

5% – 9%

Tarifa reducida grupos I-II

Valencia

Hasta 75%

Cónyuge, hijos, padres

Aragón

65% – 100%

Con límites

Asturias

Sin bonificación general

Tributa íntegro

Grupo I: descendientes < 21 años · Grupo II: descendientes ≥ 21, cónyuges y ascendientes. Consulta la normativa fiscal vigente de tu CCAA o pídenos asesoramiento.

Antes de firmar

Cambio de nombre entre familiares: quién interviene y errores frecuentes

Quién interviene

  • El donatario (quien recibe el vehículo) y el donante, que firman ambos el Modelo 05 de la DGT.
  • Padre o madre que transmite a su hijo/a, cónyuge o pareja de hecho registrada.
  • Abuelos y nietos (bonificaciones altas en donación).
  • Hermanos, tíos o primos (compraventa recomendada).
  • Los representantes legales en donaciones a menores.
  • Ambos cónyuges si el coche es un bien ganancial.

Errores frecuentes

  • Aplicar el ITP por error: las donaciones nunca pagan ITP, sino Impuesto de Donaciones (modelo 651).
  • No presentar el modelo 651 en el plazo de 30 días hábiles (recargos e intereses).
  • Optar por compraventa sin comparar la donación cuando hay bonificación del 99%.
  • Simular una compraventa por 300 € para pagar menos ITP: Hacienda calcula sobre el valor BOE, no sobre el precio.
  • No formalizar por escrito el traspaso familiar u olvidar legitimar las firmas cuando la donación es en documento privado.
  • Donar un coche con embargo o reserva de dominio sin cancelarlos antes.
  • Olvidar cambiar el seguro y la ITV a nombre del nuevo titular.

Precio de la donación de un coche entre familiares

Honorarios desde 120 € tramitando la operación como cambio de nombre estándar (vía recomendada en la mayoría de donaciones familiares). Aparte se liquidan las tasas DGT (55,70 €) y el impuesto correspondiente: ITP autonómico (compraventa) o modelo 651 del Impuesto de Donaciones si optas por la donación formal, cuyo importe depende de la CCAA y el grado de parentesco con bonificaciones de hasta el 99 % para parientes directos.

Servicio prestado por Gestores Administrativos Colegiados — sin compromiso ni desplazamientos

Plazo modelo 651: 30 días hábiles

Si formalizas la donación con modelo 651, dispones de 30 días hábiles desde la firma del contrato para presentarlo en tu CCAA. Pasado el plazo, Hacienda aplica recargos del 5%, 10%, 15% o 20% más intereses. Si optas por el cambio de nombre estándar (compraventa), no aplica este plazo: solo los 30 días para el ITP y los 30 días para la transferencia DGT.

Documentación

Documentos para donar un coche entre familiares

Reúne esta documentación; el resto lo tramitamos nosotros ante Hacienda y la DGT.

DNI / NIE en vigor

Identificación oficial vigente de donante y donatario (ambas partes).

Permiso de circulación

Permiso original a nombre del donante. Si se ha extraviado, tramitamos duplicado.

Ficha técnica con ITV en vigor

La DGT exige ITV vigente para completar el cambio de titularidad del vehículo.

Contrato (donación o compraventa)

Lo redactamos nosotros según la vía elegida y lo firmáis digitalmente ambas partes.

Modelo 651 (si aplica)

Solo si se formaliza como donación. Lo cumplimentamos y presentamos en tu CCAA.

IVTM al corriente de pago

Justificante del último recibo del Impuesto Municipal de Vehículos del año en curso.

Guía

Donar un coche en España: marco legal y fiscal

La donación de un coche es la transmisión gratuita de la propiedad del vehículo en vida del donante. Jurídicamente es un contrato regulado por los artículos 618 y siguientes del Código Civil y sujeto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1987). A diferencia de la compraventa, en la donación no se aplica el ITP: se aplica el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) mediante el modelo 651, que gestiona la Comunidad Autónoma de residencia del donatario (quien recibe el coche).

Para parientes directos (cónyuge, hijos, padres) en línea recta, la mayoría de comunidades aplican bonificaciones del 99% del modelo 651, lo que reduce el coste fiscal prácticamente a cero. Aun así, formalizar la donación obliga a presentar el modelo 651 en plazo, añade trámites ante Hacienda y, en algunos casos, puede generar una ganancia patrimonial en el IRPF del donante. Por eso, en coches usados con valor venal moderado y entre familiares directos, lo más práctico suele ser tramitarlo como cambio de nombre estándar mediante compraventa simbólica con ITP, una vía mucho más ágil.

El cambio de nombre entre familiares no tiene una figura jurídica propia: se realiza siempre como compraventa (con ITP) o como cambio de nombre por donación (con ISD). La elección depende del grado de parentesco y de la CCAA. En cualquiera de las dos vías, en la DGT se presenta el Modelo 05 firmado por ambas partes y el justificante fiscal correspondiente. Formalizarlo también sirve para regularizar el uso real del vehículo cuando lo usa habitualmente un familiar distinto al titular, y evitar sanciones si el coche circula a nombre incorrecto, o para anticipar una herencia mediante una donación bonificada.

En Gestmotor, como gestoría administrativa colegiada con más de 16 años de experiencia, tramitamos cada año cientos de donaciones de coches entre familiares en toda España. Antes de iniciar el trámite te asesoramos sin compromiso sobre la vía fiscalmente más eficiente para tu caso concreto, con tarifa cerrada de 120 €.

FAQ

Preguntas frecuentes sobre la donación de un coche

Resolvemos las dudas más habituales sobre donar un coche a un hijo, padre o cónyuge, el modelo 651 y la transferencia DGT.

En la mayoría de casos entre padres, hijos y cónyuges, lo más rápido y barato es tramitarlo como cambio de nombre estándar ante la DGT por 120 € con la tasa DGT (55,70 €) incluida + ITP autonómico, en lugar de formalizar una donación con modelo 651. Solo conviene la donación formal cuando el coche tiene un valor venal alto, vives en una CCAA con bonificación al 99% del Impuesto de Donaciones (Madrid, Andalucía, Murcia, Galicia…), o el parentesco está fuera del grupo I-II. Te asesoramos sin compromiso para elegir la vía más eficiente.

El modelo 651 es la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en su modalidad de donaciones. Se presenta en la Comunidad Autónoma de residencia del donatario (quien recibe el coche) en el plazo de 30 días hábiles desde la firma del contrato de donación. Si tu CCAA aplica bonificación familiar del 99%, el modelo se presenta igualmente pero el importe a pagar es casi cero.

Si optas por el cambio de nombre estándar (lo más habitual entre familiares directos): 120 € con la tasa DGT incluida + ITP autonómico (4-8% sobre valor venal). Si formalizas como donación con modelo 651: en CCAA con bonificación al 99% el coste extra del ISD es simbólico. Te calculamos ambas opciones antes de tramitar.

DNI o NIE en vigor del donante y del donatario, permiso de circulación original, ficha técnica con ITV vigente, contrato de donación (o compraventa, según la vía elegida) firmado por ambas partes, y justificante del modelo 651 si procede formalizar la donación. Si tramitas como cambio de nombre estándar, no hace falta presentar el 651.

Un contrato de donación (si vais por donación) o un contrato de compraventa por el valor BOE (si vais por ITP), más el Modelo 05 de la DGT firmado por ambos.

No siempre. La donación de un vehículo entre familiares puede formalizarse en documento privado firmado por ambas partes; según la CCAA, puede pedirse con firmas legitimadas o en escritura pública. La DGT acepta el contrato privado para el cambio de titular. Se exige notario para donaciones con reserva de usufructo o donaciones especialmente complejas.

Madrid, Andalucía, Murcia, Galicia, Castilla y León, Extremadura y Canarias aplican bonificaciones del 99% del modelo 651 para cónyuges, ascendientes y descendientes directos. Cantabria, Valencia y Aragón aplican bonificaciones parciales. Cataluña tributa a tipos reducidos (5-9%). Asturias prácticamente no bonifica donaciones de vehículos.

Sí. Los hermanos pertenecen al grupo III del Impuesto de Donaciones, que tributa a tipo más alto y con bonificaciones autonómicas menores que entre padres-hijos. Lo mismo ocurre con tíos o primos (grupos III y IV). En estos casos conviene casi siempre tramitarlo como compraventa con cambio de nombre estándar para evitar el modelo 651. Te asesoramos antes de iniciar el trámite.

Sí, si la pareja de hecho está inscrita en el Registro autonómico correspondiente. Sin inscripción no aplican las bonificaciones de cónyuge.

Sí, pero el permiso queda a nombre del menor con la representación legal de los padres, y el seguro se contrata a nombre del titular con conductor habitual mayor de 18.

Solo si cancelas antes la reserva de dominio con la financiera. Sin cancelación, la DGT rechazará el cambio de nombre.

Sí: el donante puede tener una ganancia patrimonial en su IRPF si el valor del coche en el momento de la donación es mayor que el de adquisición. En vehículos usados con varios años de antigüedad, lo habitual es que haya minusvalía (no tributa). Es un motivo más para valorar la opción cambio de nombre como compraventa antes de optar por la donación formal.

30 días hábiles desde la firma del contrato de donación. Pasado ese plazo, Hacienda aplica recargos del 5%, 10%, 15% o 20% según el retraso, más intereses de demora. Si tramitas la operación como cambio de nombre estándar (compraventa), no aplica este plazo: bastan los 30 días para el ITP y los 30 días para presentar el cambio de titular ante la DGT.

Sí. La DGT exige ITV vigente para completar cualquier cambio de titularidad, sea por donación o por compraventa. Si la ITV está caducada, hay que pasarla antes (el donante puede hacerlo aún figurando como titular). Sin ITV en vigor no se completa el trámite.

¿Quieres donar un coche a un familiar?

Te asesoramos sobre la vía fiscal más eficiente (modelo 651 o cambio de nombre estándar) y tramitamos todo: contrato, impuestos y transferencia DGT por 120 € con la tasa DGT incluida (ITP aparte).

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