Notificaciónde Venta DGTModelo 02 oficial · Tramitado en 24h
Gestora administrativa colegiada n.º 3249 María Juni · Trámite oficial DGT para toda España
¿Vendiste tu coche o moto y el comprador no lo ha cambiado de nombre? Comunica la venta a la DGT y deja de ser responsable de multas, impuestos e ITV del nuevo propietario.
¿Qué incluye nuestro servicio?
Protección legal inmediata
Deja de ser responsable de las multas, impuestos e ITV del vehículo vendido.
Gestión en 24 horas
Presentamos la notificación ante la DGT el mismo día laborable.
100% online
Todo el proceso desde tu móvil u ordenador. Firma digital incluida.
Formulario oficial DGT
Generamos y presentamos la documentación oficial.
— Empieza ahora
Notifica la venta a la DGT en menos de 2 minutos:
Transferencia de vehículo
Gestora administrativa n.º 3249 María Juni ( Gestoría colegiada en Barcelona )
Tus datos están protegidos según la LOPD y gestionados por gestores colegiados.
Trámite sujeto a los tiempos de respuesta de la Jefatura Provincial de Tráfico y la normativa vigente.
Proceso
¿Cómo notificar la venta?
Cuatro sencillos pasos para comunicar la venta de tu vehículo
Rellena el formulario
Introduce los datos del vehículo y del comprador.
Paga el trámite
Abona el importe de forma segura con tarjeta.
Firma digital
Firma el documento MOD.02 desde cualquier dispositivo.
Confirmación DGT
Recibe el justificante de presentación en tu email.
Plazos legales
¿Cuánto tiempo tengo para notificar?
Conoce los plazos legales para protegerte de responsabilidades
Plazo del vendedor
10 días hábiles
Desde la fecha de la venta, el vendedor dispone de 10 días hábiles para comunicar la transmisión a la DGT. Pasado este plazo, sigue siendo responsable.
Plazo del comprador
30 días naturales
El comprador tiene 30 días naturales para formalizar la transferencia. La notificación del vendedor no le exime de esta obligación.
Efecto de la notificación
Inmediato
Desde el momento en que se registra la notificación, el vendedor queda exonerado de las responsabilidades derivadas del uso del vehículo.
Validez del justificante
Indefinida
El justificante de notificación tiene validez permanente y sirve como prueba legal ante cualquier reclamación posterior.
Contrato de compraventa
Necesitamos el contrato firmado por comprador y vendedor
La DGT exige acreditar la transmisión. Por eso, antes de presentar la notificación de venta tramitamos el contrato de compraventa firmado por ambas partes.
Firma digital (opción recomendada)
Coordinamos la firma online del contrato de compraventa entre comprador y vendedorcon plena validez legal. En cuestión de minutos queda firmado y custodiado.
- Sin desplazamientos ni papeles
- Validez legal certificada
- Custodia documental incluida
¿No es posible firmar digitalmente?
Si el comprador no puede firmar online, un asesor se pondrá en contacto contigo para que nos hagas llegar el contrato de compraventa físico firmado por ambas partes a la gestoría. Sin ese documento no podemos acreditar la transmisión ante la DGT.
Custodiamos el contrato para que dispongas de él en cualquier reclamación futura (multas, IVTM, ITV).
¿Qué pasa si no notificas la venta?
Mientras el vehículo siga a tu nombre en la DGT, seguirás siendo responsable legal
Multas de tráfico a tu nombre
Seguirás recibiendo las multas de radar, estacionamiento y cualquier infracción cometida por el nuevo propietario hasta que se haga la transferencia.
Impuesto de Circulación (IVTM)
El Ayuntamiento continuará cobrándote el impuesto de vehículos anual hasta que el vehículo deje de estar a tu nombre.
Responsabilidad por accidentes
Podrías tener problemas legales si el vehículo está implicado en un accidente sin seguro o en un siniestro con daños a terceros.
Expediente sancionador
La DGT puede abrir un procedimiento sancionador por incumplimiento de la obligación de comunicar la transmisión del vehículo.
Comparativa
Notificación vs. Transferencia
Son trámites diferentes y complementarios. Entiende cuál necesitas.
Notificación de Venta
La hace el VENDEDOR
- Exonera de multas posteriores a la venta
- Exonera de responsabilidad por accidentes
- Justificante oficial de la DGT
- No cambia el titular del vehículo
- El comprador sigue obligado a la transferencia
Efecto: Protege al vendedor de responsabilidades
Transferencia de vehículo
La inicia el COMPRADOR
- El comprador pasa a ser titular oficial
- Se actualiza el Registro de Vehículos
- Incluye liquidación del ITP
- Requiere firma de ambas partes
- El vendedor no necesita hacerla si notificó
Efecto: Cambia el propietario oficial
¿Cuál necesitas?
Si eres el vendedor: Haz la notificación de venta para protegerte inmediatamente.
Si eres el comprador: Debes hacer la transferencia para ser el propietario oficial.
Información completa
Todo lo que necesitas saber
Requisitos, documentación y canales disponibles para la notificación de venta
Requisitos del vehículo para la notificación
Para poder notificar la venta, el vehículo debe cumplir los siguientes requisitos:
Situación de alta
El vehículo debe estar en situación de alta administrativa en el Registro de Vehículos de la DGT.
IVTM pagado
Debe estar al corriente del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del ejercicio anterior.
Sin sanciones vinculadas
El vehículo no puede tener sanciones pendientes vinculadas directamente a él (diferente de multas del titular).
Sin reserva de dominio
Si el vehículo tiene financiación pendiente, debe cancelarse la reserva de dominio antes de la notificación.
Precintos (casos especiales)
Se permite la notificación si el vehículo tiene embargos o precintos, siempre que el comprador firme un documento de conocimiento.
Casos especiales
Situaciones específicas
Cada operación tiene sus particularidades. Conoce los diferentes escenarios.
Venta entre particulares
El caso más común. El vendedor notifica la venta y el comprador debe hacer la transferencia en 30 días.
- Contrato de compraventa firmado obligatorio
- Se recomienda notificar el mismo día de la venta
- Guardar copia del contrato como prueba adicional
Venta a concesionario o compraventa
Cuando vendes a un profesional del sector, existen instrucciones específicas de la DGT para la entrega del vehículo.
- El concesionario suele gestionar todo el proceso
- Asegúrate de recibir el justificante de entrega
- Verifica que el profesional esté dado de alta
Venta desde empresa o autónomo
Cuando el vendedor es profesional, se aporta factura en lugar del contrato de compraventa entre particulares.
- Factura con IVA en lugar de contrato
- El comprador liquida ITP sobre el valor de factura
- Se puede notificar igualmente para protección adicional
Vehículo con embargo o precinto
Es posible notificar la venta aunque el vehículo tenga cargas, pero el comprador debe firmar un documento de conocimiento de la situación.
- Documento de conocimiento del comprador obligatorio
- El embargo sigue afectando al vehículo
- Consultar viabilidad antes de la operación
Vehículo con reserva de dominio
Si el vehículo tiene una financiación activa, debe cancelarse la reserva de dominio antes de poder notificar la venta.
- Obtener carta de pago de la financiera
- Cancelar la reserva en el Registro de Vehículos
- Después se puede notificar normalmente
Vehículo robado
En caso de sustracción, la baja es automática al presentar denuncia ante las autoridades. No requiere trámite adicional en la DGT.
- Baja automática con la denuncia policial
- No es necesario ir a la DGT
- Se reactiva automáticamente si aparece
Ventajas
¿Por qué notificar con Gestmotor?
+16 años gestionando trámites de tráfico y una valoración media de 4,3★ de nuestros clientes.
Caso más habitual
Vendí mi coche y el comprador no lo ha cambiado de nombre
Es la situación que más nos llega: vendiste el vehículo hace meses (o incluso años), firmaste el contrato de compraventa con el comprador y le entregaste las llaves, pero esa persona nunca llegó a tramitar el cambio de nombre en la DGT. Resultado: el coche sigue figurando a tu nombre, te llegan multas, recibos del impuesto de circulación (IVTM) e incluso requerimientos por ITV caducada.
La notificación de venta a la DGT es exactamente el trámite que resuelve este problema. Con solo el contrato de compraventa firmado y los datos del comprador (nombre y DNI/NIE), comunicamos oficialmente a Tráfico que ese vehículo ya no es tuyo desde la fecha que aparece en el contrato. A partir de ese momento, las multas, sanciones y responsabilidades civiles posteriores a esa fecha dejan de ser tu problema.
No hace falta que el comprador colabore ni que firme nada: la notificación es un trámite unilateral del vendedor. No existe plazo máximo legal para presentarla; cuanto antes lo hagas, antes te proteges.
Solo necesitas
El contrato de compraventa firmado y los datos del comprador (DNI/NIE).
Te protege de
Multas, IVTM, ITV caducada y responsabilidad civil posteriores a la venta.
Plazo
Sin caducidad: puedes notificar la venta meses o años después.
FAQ
Preguntas frecuentes sobre la notificación de venta
Resolvemos las dudas más habituales sobre este trámite
¿Tienes dudas?
Nuestro equipo puede ayudarte a resolver cualquier duda sobre la notificación de venta o valorar tu caso particular.
Lunes a Viernes · 9:00 - 18:30 · Sin cita previa
933 328 874
Protégete de multas y responsabilidades
No esperes a recibir la primera multa del comprador. Notifica la venta hoy mismo.
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