Obligatorio a partir del 22 enero 2027

    Inscripción VMP — Patinete EléctricoRegistro Oficial DGT

    Inscribimos tu Vehículo de Movilidad Personal (VMP) en el registro de la DGT para que pueda seguir circulando tras la entrada en vigor de la nueva normativa.

    Fecha límite: 22 de enero de 2027

    A partir de esa fecha, los patinetes eléctricos que circulen por vías públicas deberán disponer del certificado de circulación DGT. Los modelos sin certificado no podrán circular legalmente.

    Requisitos técnicos del VMP

    Velocidad máxima

    Entre 6 y 25 km/h por diseño. Superiores se consideran ciclomotor.

    Una sola plaza

    Propulsión eléctrica, una o varias ruedas, sin asiento para acompañante.

    Manual VMP

    Certificado del fabricante conforme al manual de características DGT.

    Seguro obligatorio

    Responsabilidad civil obligatoria desde 2024 (Ley 5/2024).

    Cómo inscribimos tu patinete eléctrico

    1

    Nos envías el certificado de circulación del fabricante, factura y DNI.

    2

    Comprobamos que el modelo cumple el manual de características VMP DGT.

    3

    Presentamos la solicitud telemática en el registro de VMP de la DGT.

    4

    Recibes el número de certificado de circulación y placa identificativa.

    Normativa aplicable a los VMP

    La regulación de los Vehículos de Movilidad Personal se articula en torno al Manual de Características Técnicas VMP de la DGT, aprobado por Resolución de la Dirección General de Tráfico. Solo los modelos certificados podrán circular por vías públicas a partir de enero de 2027.

    La Ley 5/2024 incorporó la directiva europea de seguros, haciendo obligatorio el seguro de responsabilidad civil para todos los VMP. Su no contratación puede sancionarse con multas de hasta 1.500 €.

    Las normas de circulación están reguladas por el Reglamento General de Circulación: prohibido circular por aceras, obligación de respetar señales, prohibición de circular por travesías y vías interurbanas, y casco recomendado (obligatorio para menores de 18 años en algunas comunidades).

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuándo es obligatorio registrar el patinete eléctrico?

    A partir del 22 de enero de 2027 solo podrán circular los VMP que dispongan de número de certificado de circulación DGT. La inscripción es voluntaria desde 2024 pero altamente recomendada.

    ¿Qué patinetes se consideran VMP?

    Vehículos de una o más ruedas con una única plaza, propulsados por motor eléctrico, con velocidad máxima por diseño entre 6 y 25 km/h. No incluye sillas de ruedas, juguetes ni vehículos para personas con discapacidad.

    ¿Qué documentación necesito para inscribir el VMP?

    Necesitas el certificado de circulación del fabricante (manual de características VMP), DNI/NIE del propietario, factura de compra y seguro de responsabilidad civil obligatorio.

    ¿Necesito seguro para el patinete eléctrico?

    Sí. Desde 2024 el seguro de responsabilidad civil es obligatorio para todos los VMP que circulen por vías públicas, según la Ley 5/2024 que adapta la directiva europea.

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