Modelo tributario · Comunidades Autónomas

    Modelo 620: qué es y cómo pagar el ITP de un vehículo usado

    El Modelo 620 es la autoliquidación que el comprador de un vehículo usado presenta ante Hacienda para pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Es obligatorio en toda España excepto en el País Vasco y Navarra, donde existen modelos forales equivalentes.

    Órgano gestor
    Comunidad Autónoma
    Tipo impositivo
    4% – 8% según CCAA
    Plazo de pago
    30 días desde la firma
    Presentación
    Online o presencial

    ¿Qué es Modelo 620 ITP?

    El Modelo 620 es el impreso oficial mediante el cual el comprador de un vehículo usado autoliquida el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD), regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993. Su gestión corresponde a las Comunidades Autónomas, que fijan el tipo aplicable (habitualmente entre el 4% y el 8%) sobre el valor real del vehículo, tomando como referencia las tablas oficiales de valoración publicadas cada año por el Ministerio de Hacienda. Presentar y pagar el Modelo 620 es un paso imprescindible antes de poder solicitar el cambio de titularidad en la DGT: sin el justificante de pago sellado, Tráfico no tramitará la transferencia. La autoliquidación puede hacerse presencialmente o de forma telemática con certificado digital.

    ¿Para qué sirve?

    • Liquidar el ITP en la compraventa de un vehículo entre particulares.
    • Aplicar exenciones o reducciones autonómicas (familia numerosa, discapacidad, vehículos históricos…).
    • Servir de justificante ante la DGT para hacer el cambio de nombre.
    • Regularizar transmisiones antiguas no declaradas dentro del plazo de prescripción de 4 años.

    ¿Quién debe presentarlo?

    • El comprador particular de un vehículo usado.
    • El heredero que recibe un vehículo, en el marco del Impuesto de Sucesiones (Modelo 650 en paralelo).
    • El donatario, si recibe un vehículo como donación (con Modelo 651 asociado).
    • En ningún caso el vendedor: la obligación tributaria recae siempre sobre quien adquiere.

    Cómo se rellena o paga paso a paso

    1. 1

      Reúne la documentación

      Contrato de compraventa firmado, ficha técnica del vehículo, permiso de circulación y DNI/NIE del comprador.

    2. 2

      Calcula la base imponible

      Consulta el valor fiscal en las tablas oficiales de Hacienda. Si el precio de compra es superior, prevalece el precio real.

    3. 3

      Cumplimenta el Modelo 620

      Accede al portal de tu Comunidad Autónoma, introduce matrícula y bastidor. El sistema autocalcula el importe.

    4. 4

      Realiza el pago

      Domiciliación, tarjeta o adeudo bancario. Descarga el justificante sellado con el CSV o NRC.

    5. 5

      Presenta ante la DGT

      Con el 620 pagado, ya puedes solicitar el cambio de titularidad. Nosotros nos encargamos de esta última fase online.

    Errores frecuentes que debes evitar

    • ×Declarar el valor de compraventa en lugar del valor fiscal (Hacienda puede paralelamente liquidar la diferencia).
    • ×Presentarlo fuera de plazo (30 días hábiles): implica recargo del 5-20%.
    • ×Olvidar aplicar la reducción por familia numerosa, minusvalía o vehículo histórico.
    • ×Confundir el 620 (usados entre particulares) con el 621 (adquisición a empresa con IVA repercutido).

    ¿Necesitas gestionar tu cambio de nombre completo?

    Nosotros presentamos el Modelo 620, pagamos las tasas DGT y hacemos el cambio de titularidad. Todo online.

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    Gestora administrativa n.º 3249 María Juni ( Gestoría colegiada en Barcelona )

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto se paga con el Modelo 620?

    Entre el 4% y el 8% del valor fiscal del vehículo, según la Comunidad Autónoma. En Madrid es 4%, Cataluña 5%, Andalucía 4%, Baleares 8%.

    ¿Qué pasa si no pago el Modelo 620?

    La DGT no autoriza el cambio de nombre. Hacienda puede además liquidar de oficio el impuesto con un recargo del 5% al 20% más intereses de demora.

    ¿Cuál es el plazo para pagar el Modelo 620?

    30 días hábiles desde la fecha del contrato de compraventa. Pasado el plazo, comienza a aplicarse recargo automático.

    ¿Puedo presentar el Modelo 620 online?

    Sí. Todas las Comunidades Autónomas permiten la presentación telemática con certificado digital o Cl@ve. Nuestra gestoría lo tramita en tu nombre.

    ¿El Modelo 620 lo paga el comprador o el vendedor?

    Siempre el comprador. El vendedor solo tiene que hacer la notificación de venta a la DGT en un plazo de 10 días.

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    Esto opinan nuestros clientes

    Más de 845 reseñas en Google · Gestoría de tráfico en Barcelona · 4,3 ★

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